Otra de las consultas que nos llegan a menudo al despacho es por tema de licencias retribuidas que tiene el trabajador. El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores establece que el trabajador, previo aviso y justificación, en determinadas condiciones, tiene permiso para ausentarse del trabajo en las siguientes situaciones:
Estos son algunos de los permisos retribuidos que establece el Estatuto de los Trabajadores, por Convenio Colectivo o pacto se podrán ampliar. Para cualquier aclaración, no dudéis en contactar con nosotros. Los comentarios están cerrados.
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Febrero 2017
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